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¿Qué dice el proyecto del ministro Laynez sobre Telcel y la tarifa cero?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación está por definir si es una atribución del Congreso fijar las tarifas del mercado o del IFT. Cualquier decisión impactará a Telcel, promovente de un amparo, pero sobre todo a los consumidores.





12 de Agosto de 2017 a las 10:52 hrs -- Centinela Digital
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El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que de momento perfila el favor de la justicia mexicana a Radiomóvil Dipsa en su argumentación sobre que es el IFT quien debe definir las tarifas de interconexión más no el Congreso de la Unión, se compone de 132 páginas, pero la información sustanciosa se recoge en las páginas 61, 98, 106 y 114, aun cuando el documento también recoge anécdotas que de haberse atendido a tiempo hubieran evitado que la polémica por la llamada “tarifa cero” se discutiera hasta ahora en la Suprema Corte.

A lo largo de sus hojas, el documento cuenta cómo es que el hoy amparo 1100/2015 comenzó su camino en dos primeras instancias judiciales, la última de ellas en el juzgado segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializada en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con el amparo indirecto 204/2014.

Cita además, por ejemplo, que hubo dos comisionadas del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que en 2013 plantearon al resto de sus colegas la necesidad de llevar a controversia la constitucionalidad del Artículo 131 en su inciso A, el mismo que ha venido combatiendo América Móvil en los tribunales y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación podría otorgarle la razón el 16 de agosto próximo.

Cuenta también que Radiomóvil Dipsa, controlante de la marca Telcel, había planteado el establecimiento de un esquema de tarifas de interconexión conocido en la industria como de “bill and keep”, consistente en pagos recíprocos entre operadores que sólo compensaran los costos de operación de red; que cada operador absorbiera los costos de interconexión en terminación de llamadas sin generar costos adicionales a la empresa que se interconecta.

Pero lo importante, el documento deja claro que la SCJN sólo esclarece la constitucionalidad de las atribuciones de San Lázaro y del IFT para determinar las tarifas de interconexión, que es el objeto del amparo presentado por Radiomóvil Dipsa.

El proyecto del ministro Laynez, que se discutirá y será votado en la Segunda Sala de la Corte el miércoles 16 de agosto, concluye que el Congreso de la Unión no cuenta con las atribuciones suficientes para determinar en materia de tarifas de interconexión, porque tal determinación se trata de una función regulatoria y por tanto, el Legislativo no puede establecer una base de tarifas asimétricas como lo establece en el Artículo 131 de la LFTR, en su ley reglamentaria.

Las páginas del documento detallan que la Suprema Corte no se pronuncia porque no debe aplicarse la llamada tarifa cero, sino que corresponde al IFT determinar los montos de esa tarifa, que dado el escenario y resultado de un análisis de mercado y regulatorio por parte del regulador sí podría fijarse en un cobro de cero pesos.

Es decir, el proyecto remarca que el IFT tiene la libertad regulatoria para identificar los comportamientos del mercado y con ello determinar las tarifas aplicables en la terminación de las llamadas en las redes del agente económico preponderante.

El documento también deja ver que el Constituyente pudo haber vulnerado los derechos de Radiomóvil Dipsa en sus planes de negocios, pues operar una red de telecomunicaciones implica un costo financiero y por tanto, imponerle a esa empresa una carga regulatoria con tarifas de interconexión a cero pesos pudo haber afectado a sus estados financieros.

Y muy importante también, el proyecto del ministro indica que, de aprobarse como está redactado, la eventual sentencia de la Corte no será retroactiva en cuanto a cobros de Telcel a terceras empresas.

“La sentencia no es para atrás; la que sucedió ya sucedió. No es cierto entonces que América Móvil va a exigir cuentas a los operadores por cuotas pasadas, como se ha dicho por ahí”, explica el abogado especializado en telecomunicaciones Agustín Ramírez, del despacho Ouraboros.

“En resumen, la Corte dice -en el proyecto- el régimen era legal, pero se declara ilegal desde este momento, cuando lo llegue a aprobar. Todo lo ocurrido con el Inciso A del 131 de la LFTR, tal como ocurrió, fue ley; no existe ninguna obligación de ordenar reposición de cantidades al operador —Telcel—; la gente no tiene por qué temer, como dicen algunos, que los servicios se van a encarecer”, añade Agustín Ramírez.

¿Qué sigue si la SCJN pasa el proyecto del ministro Laynez?

Si el miércoles por la tarde la mayoría de ministros definen que Telcel tiene razón en su amparo, entonces la decisión se publicará en la gaceta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se notificará a las partes promoventes, a Radiomóvil Dipsa, y la sentencia obligará al IFT a no aplicar la fracción A del Artículo 131.

Y el Instituto Federal de Telecomunicaciones estará en la obligación de determinar las tarifas de interconexión correspondientes, desde el día en que surta efectos la sentencia de la Corte.

La decisión de la SCJN sólo aplicará para América Móvil, pues fue esa compañía, a través de Radiomóvil Dipsa, la que presentó y ganó el amparo contra la tarifa cero, pues el fallo no corresponde a otra figura legal y los resultados de los amparos sólo alcanzan a quienes los promueven.

Es decir, si existiera otra compañía a la que también se le aplicara el inciso A del 131 de la ley, el resultado del amparo de Telcel no le sería directamente aplicable; tendría que seguir su propio proceso.

¿Y si la Corte decide distinto al proyecto del ministro?

En el escenario de que los ministros no logren un consenso sobre el proyecto del ministro Laynez, es posible que se le solicite reformular el documento a discusión en otros términos.

Puede ocurrir también que se le solicite a otro ministro un nuevo proyecto, pero con base en las conclusiones que definan los ministros en su conjunto en esa discusión.

“Estamos a las puertas de que se concluya una polémica que ha generado mucho ruido y metido miedo -al consumidor-“, agrega Agustín Ramírez, de Ouraboros. “Si se aprueba como está, el IFT establecerá las tarifas y puede que sean más, pero que también las deje en cero, porque el cero también es una cifra”.














(El Economista)