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Clausura Municipio nuevamente mecanismos de acceso al estacionamiento de la central camionera

Tenemos la obligación de ejercer la ley: Secretario del Ayuntamiento.





07 de Octubre de 2017 a las 12:53 hrs -- Centinela Digital
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El secretario del Ayuntamiento, Roberto Rentería Manqueros dio a conocer que tras haber girado instrucciones a la Dirección de Regulación Comercial para revisar detalladamente la situación del estacionamiento de la central de autobuses, y al detectar que se estaba realizando el cobro, procedió a la clausura de los mecanismos de acceso.

Lo anterior, debido a que la central reactivó el cobro de los espacios luego de obtener la resolución de un juez federal.

“Será cuestión de ver cómo giran las cosas, seguramente la empresa considera que por haber obtenido un amparo en contra del reglamento (municipal), ya está facultada para cobrar por eso giramos instrucciones de revisar, y proceder, ya que tenemos la obligación de ejercer la ley”, indicó el funcionario.

Dijo que el cobro del estacionamiento, es una violación al artículo 10 de la Ley de Desarrollo Sostenible del Estado que establece la obligación de prestar el servicio de manera gratuita, por lo que se puede llegar a la inmovilización de los mecanismos de acceso de la central camionera y de otros comercios.

El secretario del Ayuntamiento también señaló que el municipio actúa en base a la Dirección de Regulación Comercial la cual está obligada a observar como autoridad municipal la ley de Desarrollo Urbano sostenible del estado que contiene una disposición que obliga a las empresas a prestar el servicio de estacionamiento gratuito.

Hasta el momento, dijo, no es del conocimiento del gobierno municipal la existencia de alguna demanda de amparo en contra de la Ley de Desarrollo Urbano, la cual es un acto emanado del Congreso del Estado, en el que el municipio no participamos de manera directa, por ser ley estatal.

“No tenemos conocimiento que existan suspensiones derivadas de amparos en contra de esta ley estatal, la cual nosotros por otro lado estamos obligados a aplicar”, comentó.

Rentería Manqueros también comentó que seguramente si la Dirección de Desarrollo Urbano emitió algún acto en relación con la gratuitidad del servicio o actividad del estacionamiento que desarrolla la central, seguramente lo hizo en cumplimiento a una sentencia de amparo obligada por un Tribunal Federal.

“Sin embargo, la Ley de Desarrollo Sostenible del Estado, es una disposición que no ha sido objeto de controversia y como autoridad municipal debemos observar en lo que tiene que ver en estacionamiento, Desarrollo Urbano no puede hacer nada”, explicó.

Además, dijo que legal y técnicamente el amparo obtenido en contra del reglamento por cualquier causa, no puede hacerse extensivo a la ley de desarrollo urbano, a menos que esta ley sea objeto de un amparo y constitucionalidad, “pero como autoridad estamos obligados a observar la ley”.