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Todo lo que debes saber del impuesto a ventas por catálogo

La autoridad fiscal sí pedirá a las empresas de ventas por catálogo, como Avón, Füller, Price Shoes, Oriflame, Andrea, Tupperware y otras, que retengan el ISR a sus vendedoras





25 de Octubre de 2019 a las 13:06 hrs -- Centinela Digital
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Aunque se retiró del cuerpo normativo, la autoridad fiscal sí pedirá a las empresas de ventas por catálogo, como Avón, Füller, Price Shoes, Oriflame, Andrea, Tupperware y otras, que retengan el Impuesto Sobre la Renta a sus vendedoras, porque la facultad se dejó en el régimen transitorio para que la Secretaría de Hacienda decida la forma en que se realizará, con un parámetro para aplicar a ventas superiores a 300 mil pesos anuales.

La exsubsecretaria de Hacienda, la priista Vanessa Rubio, informó que es inexacto decir que se retiró la disposición para el cobro de impuestos a las ventas por catálogo.

En tanto, la morenista Rocío Abreu aclaró que si bien la disposición quedó en el régimen transitorio, el compromiso de Hacienda es que se aplique sólo a las ventas por 300 mil pesos anuales.

Los 300 mil pesos anuales implican que la retención del impuesto será para quienes vendan 25 mil pesos al mes u 833 pesos diarios.

Originalmente, Hacienda incluyó en sus propuestas de reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta “un esquema simplificado de retención, que consiste en determinar el ISR a pagar sobre la diferencia entre el precio de venta sugerido y el de compra.

Sin embargo, la decisión de los diputados de solidarizarse con las personas que realizan estas ventas, llevó a que se retirara del cuerpo normativo; pero se dejó en un artículo transitorio.

(Excélsior)