El Senado de la República aprobó la prohibición de las terapias de conversión. Con modificaciones al Código Penal y la Ley General de Salud, dichos procedimientos serán sancionados con penas de dos y hasta seis años de prisión, así como con multas de hasta 217 mil pesos.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud las terapias de conversión son las intervenciones para cambiar la orientación sexual o la identidad de género de las personas por parte de organizaciones religiosas y hasta autoridades gubernamentales.
Las reformas aprobadas por los legisladores plantean que las sanciones se aplicarán a quienes realicen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia o práctica que restrinja la orientación sexual de una persona.
(EL SOL DE MÉXICO)