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IMSS informa sobre la transferencia de semanas de incapacidad por maternidad

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reitera a su población derechohabiente sobre la existencia del Programa de Cambios en la Expedición del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo, en la Rama de Maternidad.





09 de Febrero de 2017 a las 10:48 hrs -- Centinela Digital
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Mediante el que las trabajadoras aseguradas a la Institución pueden transferir de una a cuatro semanas el periodo de descanso prenatal al postnatal.

Lo anterior entró en vigor recientemente, mediante la armonización del proceso de expedición de incapacidades de maternidad establecido en la Ley del Seguro Social, con la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

Esta medida forma parte los procesos de modernización y simplificación que
actualmente lleva a cabo el Instituto, con la finalidad de fortalecer y elevar la calidad de los servicios.

El titular de la Jefatura de Prestaciones Económicas y Sociales, José de la Luz Chacón Salas, explicó que conforme a las nuevas reglas, para gozar de este beneficio las aseguradas deberán de llenar una solicitud de trasferencia de semanas (en dos originales) y contar con el consentimiento de su patrón y de su
médico familiar.

Precisó que si la asegurada decide atender la evolución de su embarazo en el IMSS, deberá:

 Acudir con su médico familiar en cuanto sospeche que está embarazada,
para que él certifique su estado y comience a tener una vigilancia prenatal apropiada.

 El médico familiar la guiará con el número de consultas que deberá tener para mantener un control prenatal adecuado y le indicará la fecha en la que deberá presentarse para la expedición de su certificado único de
incapacidad por maternidad.

Añadió que si la derechohabiente decide atender la evolución de su embarazo con un médico externo, deberá seguir los siguientes pasos:

 Presentarse con su médico familiar del IMSS, en una única ocasión,
cualquier día dentro de la semana 34 de gestación –dictaminada por su médico externo-- , para que se expida su certificado único de incapacidad
por maternidad.

 Para ello, tendrá que presentar los siguientes documentos:

- Identificación oficial vigente con fotografía

- Cualquier documento en el que se muestre su Número de Seguridad Social (NSS)

- Ultrasonido con una antigüedad no mayor a cinco semanas

Resaltó que en cualquiera de ambos casos se expedirá un certificado único de incapacidad hasta por 84 días, que ampara tanto el periodo prenatal, como el postnatal.

Finalmente, comentó que para cualquier duda, las derechohabientes embarazadas
pueden acceder a la página oficial de la Institución, www.imss.gob.mx, o
comunicarse al teléfono 01 800 623 23 23 en donde se les brindará mayor
información.