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SCJN tumba reducción de sanciones por terapias de conversión en Guanajuato

La Corte determinó que estas prácticas, conocidas como Ecosieg, vulneran derechos fundamentales como la igualdad, la salud, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad.





26 de Mayo de 2026 a las 09:58 hrs -- Adriana Piñón
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó por unanimidad normas del Código Penal de Guanajuato que reducían sanciones a madres, padres o tutores que sometieran a menores o personas LGBTIQ+ bajo su cuidado a llamadas terapias de conversión sexual.

La Corte determinó que estas prácticas, conocidas como Ecosieg, vulneran derechos fundamentales como la igualdad, la salud, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad. Incluso, advirtió que pueden llegar a equipararse con actos crueles, inhumanos o degradantes.

Además, eliminó la disposición que excluía el delito cuando una persona adulta supuestamente daba su consentimiento. La SCJN sostuvo que estas terapias no tienen sustento médico, psicológico ni científico y representan un riesgo grave para quienes las enfrentan.


-EL FINANCIERO-